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INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

En diciembre de 2012 se publicó el DECRETO 241/2012, por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco.​

¿Qué es la I.T.E.?

La Inspección Técnica de Edificios, más conocida por sus siglas I.T.E. es un control al que, periodicamente, deben someterse las edificaciones  con objeto de informar a los usuarios y administraciones el estado de conservación de las mismas. La ITE es la herramienta de aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y es equivalente al IEE (Informe de Evaluación de Edificios), que se aplica según la normativa estatal.

¿A qué edificios afecta?

A construcciones o edificaciones que ostenten la consideración de catalogadas o protegidas, a las edificaciones de uso residencial que tengan una antigüedad superior a 50 años y a las incluidas en la categoría «fuera de ordenación». Asimismo, a todas aquellas edificaciones que, independientemente de su edad y de su uso, pretendan acogerse a las ayudas públicas para la conservación, mejora de la accesibilidad o eficiencia energética.

¿Cuál es la metodología?

Consiste en la redacción de un informe por un técnico facultativo (Arquitecto/Arq. Técnico), a partir de una inspección visual, que indica el estado de conservación de los edificios a fin de mantenerlos en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Además, tiene como objeto certificar la eficiencia energética del edificio, e informar sobre las condiciones básicas de accesibilidad universal.

En dicho informe, además de informar sobre el estado, se indican las actuaciones de reparación y/o conservación de los elementos que presenten deficiencias y el plazo máximo para realizarlas.

Finalmente, el técnico dictamina si el edificio es apto o no en función de la gravedad de las patologías detectadas. Si no lo fuese, tras acometer las obras de reparación indicadas, éstas deberán ser revisadas por el mismo u otro técnico facultativo, quién deberá emitir un certificado de subsanación de deficiencias con el objeto de informar a la administración local de la aptitud del edificio.

¿Qué validez tiene?

El informe apto tiene vigencia durante 10 años. A partir de entonces, deberá pasar por el mismo procedimiento.

Se ofrecen servicios como técnico para realizar informes ITE, que incluyen:

+ Inspección visual de la totalidad del inmueble, atendiendo específicamente al estado de la estructura, fachadas, cubierta y demás elementos de la envolvente, así como al estado de la red de suministro y evacuación de aguas.

+Redacción del informe ITE, comprendiendo la evaluación del estado de conservación del edificio y el informe sobre la eficiencia energética y grado de accesibilidad.

+ Entrega del informe VISADO por el Colegio Oficial correspondiente.